lunes, 20 de abril de 2020

Chigorodó tiene nueva concejala


La vacante absoluta la había dejado el ex alcalde, Edgar Payares Berrío quien no se posesionó, además de haber renunciado por escrito a su curul. 


La nueva concejala de Chigorodó

Luego de una consulta elevada por el presidente del Concejo Municipal de Chigorodó, a Consejo Nacional Electoral, se estableció que la curul dejada en vacancia por falta absoluta, por el ex alcalde Edgar Payares en dicha corporación, la ocupará el Centro Democrático, tras acudir de nuevo, a la llamada cifra repartidora. 

La consulta la elevó a dicho tribunal, el presidente del cabildo, Ferney Guerrero Largo y la siguiente es la respuesta obtenida, lo que indica que ya se podrá dar posesión a la nueva cabildante: 

“De conformidad a lo dispuesto en el Concepto del 4 de febrero del 2020 de la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral, emitido por el Honorable Magistrado Virgilio Almanza Ocampo, donde se expone: “Consulta del mecanismo por medio del cual se debe proveer la vacante con ocasión de la falta absoluta de miembro de corporación pública, en virtud del derecho personal otorgado por la ley 1909 de 2018” y atendiendo lo reglado en su numeral 4.4, bajo el cual se dispone entre otras cosas, lo siguiente: 

“(…) Cuando se declare la vacancia absoluta de un diputado y/o concejal, que haya accedido a la respectiva Corporación Pública en virtud del derecho personal otorgado por el artículo 25 de la Ley 1909 de 2018 y tal vacancia sea objeto de reemplazo, se aplicará el siguiente procedimiento interno: 

2. El Consejo Nacional Electoral, solicitará a la Registraduría Nacional del Estado Civil, que certifique al Consejo Nacional Electoral, a qué partido y/o movimiento político le corresponde ocupar la curul y quién será el ciudadano que deba ocupar dicha curul, después de aplicar la redistribución de la totalidad de los escaños que componen la Corporación Pública incompleta, mediante el sistema de cifra repartidora, consagrado en el artículo 263 de la Constitución Política, situación que dará como resultado un nuevo umbral y una nueva cifra repartidora que únicamente tendrá efectos para la nueva composición de la Corporación Pública. 

Ferney Guerrero Largo-Presidente del Concejo de Chigorodó

3. Con la información suministrada por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral, informará al presidente de la Asamblea departamental o del Concejo Distrital y/o municipal, según sea el caso el nombre del candidato que debe ser llamado para ocupar, en reemplazo, la curul vacante. 

4. El presidente de la Asamblea departamental o del Concejo Distrital y/o municipal, según sea el caso, comunicará la decisión de la Organización Electoral al partido y/o movimiento político que le corresponde ocupar la curul y al ciudadano elegido para que ocupe la curul y dará posesión al mismo, en los términos de ley.” 

Con fundamento en lo anterior, se hace necesario por parte de esta asesoría informarle que, de acuerdo al procedimiento interno realizado, se estableció que en virtud al derecho otorgado por la Ley 1909 del 2018, el Partido y/o Movimiento Político al cual le correspondió ocupar la respectiva curul en el Municipio de Chigorodó - Antioquia es al Partido Centro Democrático y el candidato que debe de ser llamado a ocupar dicha curul según votación obtenida será Lidey Correa Álvarez.