El gobierno nacional ha autorizado grandes rebajas en el pago de sus impuestos. En la administración local hay confusión por la no socialización interna de las medidas adoptadas y falta mucha orientación al ciudadano.
Alcaldía Municipal de Carepa
Varios ciudadanos de Carepa se han quejado por la parálisis casi total que registra la administración local, donde no hay ni siquiera quien recepcione un derecho de petición, entre otras anormalidades.
El caos más grande se presenta en el pago de impuestos a la luz de los decretos nacionales emanados en este sentido, como consecuencia de la pandemia. “Mientras en Apartadó hacen fila para pagar impuestos en Carepa colocan trabas” dijo uno de los quejosos.
“Solicité la liquidación de mi factura y me la enviaron sin los descuentos de ley, que incluyen el 20% de descuento del capital de la deuda y cero intereses, al preguntar me dijeron que no conocían el decreto, lo que demuestra una falta de comunicación entre los empleados. También pedí a otros funcionarios copia del decreto y quedaron de enviarlo vía digital, pero tampoco llegó” relata el ciudadano
Mientras en otros municipios del Eje bananero han socializado a la saciedad los alcances de dicho decreto expedido justamente para mejorar el flujo de caja en las alcaldías, ante la crisis y de paso beneficiar a la comunidad, en Carepa están dificultando las cosas.
Si bien la secretaria de hacienda, Otty Luz Romero V., explicó por medio de un video los benéficos de la norma, la información no es ampliamente conocida por los funcionarios del despacho y mucho menos por los contribuyentes.
Otro afectado, dijo que la alcaldía está prácticamente paralizada, que la Secretaria de Hacienda, dice en el vídeo que se acerquen al despacho pero que en portería no dejan entrar, que ni siquiera hay quien recepcione un derecho de petición y que vía Internet la comunicación es casi imposible.
Expertos en temas tributarios, consultados sobre este tema manifestaron que el contribuyente debe tomar la iniciativa, solicitar que se aplique el decreto 817 del Estatuto Tributario Nacional, sobre la acción de prescripción de acción de cobro de las obligaciones fiscales con el estado, cinco años atrás y que no hayan sido reconocidas, que no medie una acción de cobro durante este tiempo.
Posteriormente, solicitar hacer cumplir los decretos, el nacional, 678 de del 20 de mayo y el municipal 088 del 28 del mismo mes, para que el descuento del 20% de la deuda y el total de los intereses se haga efectivo.
Recomiendan los expertos consultados, que para ello y ante las dificultades que se presentan en Carepa para el pago de impuestos, muy seguramente deberán acudir a los derechos de petición las tutelas y los desacatos, pero que vale la pena intentarlo.
Si bien el gobierno local requiere de los recursos de los
impuestos para su funcionamiento, también debe agilizar
y actualizar los mecanismos de recaudo para que funcionen.

