Las tensiones entre el presidente Petro y el fiscal Barbosa aumentaron por una mala interpretación de la Constitución: una oportunidad para repensar cómo se separan los poderes en Colombia.
Por: Jorge
Iván Cuervo R/Análisis de la noticia/El Pregonero del Darién.
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| Un molesto rifi rafe. |
Una equivocada interpretación
La
interpretación equivocada de la Constitución por parte del presidente de la
república sobre el alcance de la figura de jefe de Estado acabó causando una
tensión institucional que hubiera podido resolverse en el marco del diálogo y
la armonía entre los involucrados.
Todo
empezó con un tuit del primer mandatario preguntando por una información publicada
por el periodista Gonzalo Guillén en el portal la Nueva Prensa, sobre la
posible omisión del fiscal Daniel Hernández en la ocurrencia de 200 homicidios
que habrían sido cometidos por el Clan del Golfo entre 2008 y 2010.
El
presidente dio por cierta esta información. Y aunque la propia Fiscalía se ha
encargado de explicar, aún falta mucha claridad.
Con un
tono desafiante y actitud soberbia, como ya nos tiene acostumbrados, el fiscal
Barbosa reaccionó diciendo que el trino del presidente había puesto en riesgo
al mencionado fiscal y a su familia sin referirse a la denuncia inicial. La
vicefiscal Mancera ha tenido que aclarar los hechos y la realidad procesal.
Cuando
se le preguntó al presidente por este hecho durante su viaje a España, señaló
que como jefe de Estado también era el jefe del fiscal y por esta razón él
debía entregarle la información sobre los graves hechos denunciados. Y ahí fue
Troya.
"El sentido que le dio el presidente a la figura de jefe de Estado es equivocado, pero tampoco puede entenderse como un zarpazo a la independencia de la rama judicial y de la propia fiscalía, como muchos lo han querido ver"
El
fiscal Barbosa aprovechó este error para sobreactuarse —vaya uno a saber si en
trance de dar el salto a la política—: presentó al presidente como un claro
candidato a dictador por no respetar la separación de poderes y a la propia
fiscalía, e hizo ronda en medios advirtiendo sobre los peligros de un
presidente autoritario que no respeta las instituciones.
Varios
medios y columnistas usaron el suceso para exacerbar esa sospecha de sectores
del establecimiento, según la cual, Gustavo Petro se transformará, de manera
inexorable, en un nuevo Maduro o un nuevo Ortega ante la resistencia a sus
propuestas de cambio y su talante autoritario.
Apenas quedó el ruido
Pero
las instituciones en Colombia suelen funcionar, y de ese penoso incidente sólo
queda el ruido mediático.
La
Corte Suprema llamó la atención al presidente sobre la necesidad de respetar el
equilibrio de poderes y la independencia de la justicia y de la fiscalía, que
hace parte de ella —sin referirse a la destemplada y agresiva reacción del
fiscal Barbosa, que también afecta la imparcialidad de esa institución—.
El
presidente atendió el llamado de la Corte, corrigió su error y se reunió con
los presidentes de las Altas Cortes, reafirmando su compromiso de respetar las
instituciones. El Fiscal no recogió una sola de sus palabras y puso a dar
explicaciones a la vicefiscal, quien sí tiene el conocimiento jurídico- penal
para aclarar lo sucedido.
¿Qué es ser Jeje de Estado en un régimen presidencial?
Todo
empezó con una equivocada interpretación del artículo 115 de la Constitución,
según el cual, el presidente de la república es jefe de Estado, jefe de
gobierno y suprema autoridad administrativa.
El
artículo 189 incluye una serie de funciones que tendría el presidente en cada
una de estas categorías, sin especificar cuál corresponde a jefe de Estado o a
jefe de gobierno, papeles que están bien definidos en los regímenes
parlamentarios o en los semi parlamentarios (como en España o Reino Unido),
donde el rey hace las veces de jefe de Estado y el primer ministro lo hace como
jefe del gobierno; o como en Alemania, donde el rol de jefe de Estado lo tiene
el presidente y el de gobierno, el canciller.
En
estos regímenes la figura de jefe de Estado, además de una connotación
simbólica, constituye un recurso político e institucional importante de
cohesión ante fracturas en el sistema político.
Como
jefe de Estado, el presidente en Colombia dirige las relaciones
internacionales, recibe jefes de Estado de otros países, declara la guerra a
otros países, ratifica tratados de paz, instala las sesiones del Congreso,
sanciona u objeta las leyes y expide cartas de naturalización, entre otras
funciones, las cuales generalmente se realizan con un alto grado de
discrecionalidad, propio de la naturaleza del cargo.
Pero
esta condición no lo hace jefe de los otros poderes, ni de los organismos de
control, ni de la Fiscalía General de la Nación, que hace parte de la rama
judicial y no depende del gobierno, como sí sucede en países como en Estados
Unidos, donde el presidente directamente, con ratificación del Senado, nombra
al fiscal general, y pertenece a la rama ejecutiva como cabeza del Departamento
de Justicia.
El sentido que le dio el presidente a la figura de jefe de Estado es equivocado, pero tampoco puede entenderse como un zarpazo a la independencia de la rama judicial y de la propia fiscalía, como muchos lo han querido ver.
Lo bueno y lo malo
De
todos modos, estuvo muy bien que esto sirviera para afianzar la fortaleza de
las instituciones colombianas, reafirmar la importancia de la independencia
judicial y valorizar la concordia institucional en medio de las tensiones
naturales sobre el alcance de las distintas funciones públicas en la Constitución.
En este
incidente también hubo mucho de ego y soberbia de parte y parte, y de
incapacidad para entender el papel institucional que corresponde a cada uno.
El presidente rectificó, pero el fiscal Barbosa sigue en su soberbia infinita, descalificando y agraviando al jefe de Estado, realizando declaraciones políticas ajenas a su función, ante el silencio de la Corte Suprema, donde deben estar preguntándose cómo es posible que de la terna presentada por el presidente Duque eligieran al de menor mérito, trayectoria y equilibrio emocional para ejercer el cargo.
¿Dónde ponemos a la Fiscalía?
Que
esta sea la oportunidad para volver a debatir qué hacemos con la Fiscalía y con
la elección del fiscal. En la Asamblea Nacional Constituyente Fernando Carrillo
propuso que la Fiscalía fuera parte del poder ejecutivo, bajo estas
consideraciones: “La Fiscalía debe tener ascendencia orgánica en el ejecutivo,
entre otras razones, porque la lucha contra la impunidad es más responsabilidad
del presidente y sus organismos de política y seguridad que de los jueces que
actúan solo cuando se comete un delito. En efecto, el desarrollo de labores de
inteligencia de los hechos punibles exige que la Fiscalía goce de la confianza
del Ejecutivo para que realice una eficaz labor frente a las diversas y
especializadas facetas del delito”.
Este es
el modelo de Estados Unidos, donde la política criminal del Estado, en cabeza
del presidente de la república, está alineada con la institución que ejerce la
acción penal, lo cual resulta coherente y razonable, incluso para la
responsabilidad política del fiscal que, como hemos visto en el caso
colombiano, no responde ante nadie, ni siquiera ante la Corte Suprema que lo
elige.
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Un ajuste de fórmula
Como se
sabe, al Fiscal lo terna el presidente y lo elige la Corte Suprema de Justicia,
fórmula que considero es necesario revisar o ajustar para evitar que el
presidente decida sobre la terna y acabe teniendo la incidencia política
directa que la Constituyente le negó con buen juicio.
Por un
lado, Juan Manuel Santos pagó caro el error de haber ternado a Néstor Humberto
Martínez, pues acabó siendo un palo en la rueda para la ejecución del Acuerdo
con las FARC-EP.
"Pensar en una Fiscalía en el Ejecutivo es un cambio institucional demasiado drástico, que no disipa el temor principal de una Fiscalía política. Invertir la fórmula de la elección —que la Corte Suprema arme la Corte y el presidente elija— puede ser una salida que podría explorarse"
Por su
parte, Iván Duque incluyó a su compañero de universidad, y este ha interpretado
su mandato como uno político, convirtiéndose en una suerte de opositor
institucional del gobierno, un papel que desnaturaliza al cargo y acaba por
afectar la imagen de independencia y de imparcialidad de la Fiscalía. Como se
reclama un constitucionalista excelso, debería leer de nuevo el artículo 121
donde se señala que ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones
distintas de las que le atribuye la Constitución y la ley.
Pensar
en una Fiscalía en el Ejecutivo es un cambio institucional demasiado drástico,
que no disipa el temor principal de una Fiscalía política. Invertir la fórmula
de la elección —que la Corte Suprema arme la Corte y el presidente elija— puede
ser una salida que podría explorarse.
Pero
quizás la mejor fórmula sea que la Corte elija de manera autónoma al fiscal de
una convocatoria abierta en la que se exijan altos estándares de conocimiento
jurídico penal, trayectoria e integridad, extender el período y que responda
ante la propia Corte por su gestión, pudiendo ser removido por faltas graves en
el ejercicio de su cargo, sin tener que pasar por la Comisión de Acusaciones de
la Cámara.
El
protagonismo excesivo que han tenido los fiscales en el debate político, y su
flojo desempeño en la lucha contra la impunidad, exigen una revisión a fondo en
la manera como se elige el fiscal, donde parecería estar el meollo del asunto.
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| Jorge Iván Cuervo R |
* Profesor
e investigador de la universidad Externado de Colombia, columnista y autor de
numerosas publicaciones @cuervoji.


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