martes, 1 de agosto de 2023

Se complica novelón por Personería en Carepa

La Corporación dilató hasta lo último convocar el concurso para elegir funcionario y hoy se ven abocados a serios problemas con la justicia.

Análisis de la noticia/El Pregonero del Darién

Hay que aclarar que no todos los concejales
 aparecen enredados en este lío jurídico.
Desde que el Tribunal Administrativo de Antioquia dejó en firme la nulidad de elección del personero Arlinton Cuesta Mosquera, ordenó al Concejo de Carepa, convocar el concurso público de méritos para elegir el reemplazo.

Sin embargo, los corporados hicieron caso omiso y comenzaron un viacrucis de evasivas para evitar el nombramiento legal del funcionario y terminar el periodo con una personera de bolsillo que no incomodara las actuaciones del mandatario local y de los mismos concejales.

Una de las causas esgrimidas para no convocar el concurso, fue la falta de recursos, cuando incluso el Concejo registró no ejecución del presupuesto y por el contrario debió devolver dineros a tesorería, además se conoció de fuente de la misma Corporación, que tenían lista hasta la reserva presupuestal para este fin.

En el marco de toda esta novela que se ha formado frente a este tema y ante las inminentes sanciones a las que se verán abocados los concejales por desacatar la autoridad en este caso, aparece nuevamente el Juzgado Administrativo Oral de Medellín, ordenando se realice el concurso, veamos:


Desde el año 2022, estuvo lista la reserva
  presupuestal para convocar el concurso
 de personero en Carepa, en un documento
 de 20 paginas que reposa en nuestro poder.

“El Juzgado Promiscuo Municipal de Carepa, terminó regañando a la señora Maricela Úsuga y al actual presidente de la Corporación, José Castro, por no cumplir los fallos judiciales”

“Asunto: Fija fecha de audiencia – tramite incidente

Conforme la orden dada por el Juzgado en sentencia del pasado 18 de febrero de 2022, en la que se decidió:

 Concurso pero ya…

“Ordenar al Concejo Municipal de Carepa. Antioquia, para que una vez en firme esta providencia proceda a abrir la convocatoria de concurso público de méritos para la designación del cargo de Personero Municipal de Carepa en lo que resta del periodo 2020 –2023. So pena de incurrir en sanciones disciplinarías por inobservancia de la Ley.

Sobre la solicitud interpuesta por el accionante, el traslado de la misma, la contestación del traslado y al no observarse el cumplimiento, se cita audiencia conforme el artículo 29 de la Ley 393 de 1997, la cual creó el trámite incidental para efectos de asegurar la ejecución inmediata de los fallos proferidos en ejercicio de la acción de cumplimiento, así:

Arlinton Cuesta Mosquera, cuya 
elección anuló el Tribunal
Administrativo de Antioquia
“Artículo 29.- Desacato. El que incumpla orden judicial proferida con base en la presente ley, incurrirá en desacato sancionable de conformidad con las normas vigentes, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias o penales a que hubiere lugar.

La sanción será impuesta por el mismo Juez mediante trámite incidental; de no ser apelada se consultará con el superior jerárquico quien decidirá dentro de los tres (3) días siguientes si debe revocar o no la sanción”

La norma prevé dos requisitos para que opere el desacato en la acción de cumplimiento: (i) la existencia de sentencia ejecutoriada que impone el cumplimiento de una ley o de un acto administrativo, y (ii) que la autoridad judicialmente obligada al cumplimiento se sustrae a ello, los cuales se presentan en el presente caso o por lo menos no hay prueba de lo contrario.

Sobre el trámite a adelantar, la ley citada en su artículo 30 prevé una remisión al Código Contencioso Administrativo y este a su vez, para el caso de incidentes remite al Código General del Proceso, que en su artículo 129 prevé que, del escrito de incidente se debe dar traslado a la otra parte por el término de 3 días, el cual se encuentra vencido y se procede a fijar fecha de audiencia” Estos  son apartes del procedimiento del citado despacho judicial, al iniciar  el incidente de desacato contra los concejales que se han negado a realizar  el concurso para elección de personero municipal.

Tutela

Como si algo faltara en la convocatoria hecha reciente para elegir dicho funcionario, se presentaron fallas de procedimiento lo que motivó una acción de tutela por parte de la señora Maricela Úsuga, alegando fallas en el debido proceso, y si bien le tutearon sus pretensiones, el mismo Juzgado Promiscuo Municipal de Carepa, los conmina a la realización del concurso para elegir personero para lo que falta del periodo 2023.

El despacho no escuchó la argumentación de la accionante, veamos algunos apartes del fallo:

Suspendido transitoriamente el concurso.
“Tutelar los derechos fundamentales al debido proceso, dentro de la acción de tutela promovida por la señora Maricela Úsuga , solo con el objeto de que se continúe de manera inmediata con la convocatoria N. 01 de 2023, por medio de la cual, se convoca y reglamenta el concurso público y abierto de méritos para proveer el cargo de personero(a) municipal del municipio de Carepa para el periodo 2023, la cual deberá publicarse nuevamente con la modificación de los términos de la fases del concurso, en especial lo correspondiente a la fase de inscripción que no podrá ser inferior a cinco días, conforme lo dispuesto en decisiones judiciales proferidas por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Turbo Antioquia, por el Honorable Tribunal Administrativo de Antioquia Sala Cuarta de Oralidad y el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Medellín”

“Exhortar a la señora Maricela Úsuga  y al Concejo Municipal de Carepa cuyo presidente actual es el señor José Castro Pinilla para que, en lo sucesivo se respete los principios que deben regir los concursos de méritos para la elección del personero municipal, además, cumplan los fallos judiciales proferidos por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Turbo, Antioquia, por el Honorable Tribunal Administrativo de Antioquia Sala Cuarta de Oralidad, y, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Medellín Antioquia”